La Directiva europea sobre plásticos de un solo uso surge constantemente en las conversaciones de abastecimiento, pero gran parte de la confusión no gira en torno a lo que prohíbe — eso está bastante claro — sino a lo que ha cambiado desde su entrada en vigor y a las nuevas normativas europeas de envasado que se suman a ella. Esto es lo que realmente está vigente.

Flag of the European Union in front of the EU Parliament in Brussels, representing EU packaging regulation

Qué prohíbe la directiva

La Directiva (EU) 2019/904 se aplica en todos los Estados miembros de la UE desde el 3 de julio de 2021. Prohíbe la comercialización en el mercado europeo de determinados productos de plástico de un solo uso cuando existen alternativas no plásticas fácilmente disponibles: cubiertos, platos, pajitas y agitadores de plástico, bastoncillos de algodón, varillas para globos, plásticos oxodegradables, y los recipientes y vasos de alimentos de poliestireno expandido (EPS).

El efecto práctico para los envases de servicio de alimentos es claro: las pajitas, los cubiertos de plástico convencional y los recipientes de EPS quedan descartados para las ventas en la UE. Las alternativas de papel, PLA y bagazo nunca estuvieron sujetas a esta prohibición, ya que esta se dirige específicamente al plástico de un solo uso de origen petroquímico, no a los materiales compostables ni a los de base fibrosa.

La nueva capa normativa: el Reglamento sobre Envases y Residuos de Envases (PPWR), ahora plenamente en vigor

El Reglamento (EU) 2025/40, el Reglamento sobre Envases y Residuos de Envases, pasó a ser plena y directamente aplicable en los 27 Estados miembros de la UE el 12 de agosto de 2026, sustituyendo a la Directiva de Envases (94/62/CE), de casi 30 años de antigüedad. Al tratarse de un reglamento y no de una directiva, se aplica de manera uniforme sin necesidad de transposición independiente al derecho nacional de cada país, lo que cierra las brechas de aplicación que existían con el sistema anterior.

Varios requisitos entraron en vigor de inmediato en esa fecha:

Otros requisitos se irán implantando de forma progresiva durante la próxima década: a partir del 1 de enero de 2030, la reciclabilidad deberá alcanzar un umbral escalonado (los envases con una reciclabilidad inferior al 70 % se clasificarán como “no reciclables” y quedarán excluidos del mercado), restringiéndose desde 2038 a que solo se permitan las dos categorías superiores. Los requisitos mínimos de contenido reciclado para los envases plásticos y las normas de minimización de envases (que limitan, por ejemplo, el espacio vacío en los envases de comercio electrónico al 50 %) también comenzarán a aplicarse gradualmente a partir de 2030.

El PPWR restringe además formatos específicos de envases de plástico de un solo uso: las películas de agrupación en el punto de venta, las porciones individuales de condimentos, los artículos de aseo de tamaño reducido de hostelería, y los envases para alimentos y bebidas consumidos en el propio establecimiento en hoteles, bares y restaurantes. En el caso concreto de los envases compostables, el reglamento exige que cumplan las normas de compostaje industrial, y los Estados miembros pueden exigir formatos compostables allí donde ya exista infraestructura de compostaje.

Qué significa esto para las decisiones de abastecimiento

Para los compradores que ya se abastecen de envases de papel, PLA o bagazo, la dirección regulatoria refuerza, en lugar de alterar, las decisiones de abastecimiento existentes: estas categorías de materiales quedan fuera de las prohibiciones sobre plástico convencional y se alinean con los requisitos de compostabilidad y reciclabilidad del PPWR. La cuestión más relevante para los equipos de compras es la documentación: verificar que las afirmaciones de compostabilidad de un proveedor estén respaldadas por una certificación reconocida (BPI/ASTM D6400 en el marco estadounidense, EN 13432 en el marco europeo), y que los materiales de fibra de madera cuenten con una certificación legítima de cadena de custodia como FSC. ¿También vende en Estados Unidos? Nuestra guía complementaria sobre las leyes estatales de EE. UU. sobre envases de plástico desglosa el mosaico paralelo, pero distinto, de normas de RAP, PFAS y poliestireno entre los distintos estados de EE. UU.

Las exigencias normativas en torno a los PFAS en los envases en contacto con alimentos también se están endureciendo en toda la UE, por lo que conviene confirmar con cualquier proveedor —Corncomp incluido— que los materiales en contacto con alimentos están debidamente probados y documentados.

Compostable paper cup and food box, examples of packaging within the EU's compostable and recyclable categories

Lista de verificación de certificaciones para envases destinados a la UE

Los números de certificado de Corncomp y los enlaces de verificación correspondientes están disponibles en nuestra página de Certificaciones. Para un desglose material por material de qué afirmación se aplica a qué producto, consulte nuestra guía PLA frente a bagazo frente a papel FSC, y para saber cómo confirmar que esas afirmaciones son genuinas, consulte cómo verificar que las certificaciones de sostenibilidad de un proveedor son reales.

Este artículo resume información normativa de dominio público a modo de referencia general y no constituye asesoramiento jurídico. Los compradores deben confirmar los requisitos vigentes con su propio asesor de cumplimiento normativo o con la autoridad europea competente antes de finalizar sus decisiones de abastecimiento.

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